Un Fallo Judicial en Río Negro Establece Nuevas Normas sobre la Cuota alimentaria
La Obligación de Pagar Desde la Cárcel
Un reciente fallo judicial en Río Negro ha generado un intenso debate al obligar a un padre encarcelado a cumplir con su obligación alimentaria hacia su hijo de un año. A pesar de estar privado de libertad, el hombre deberá abonar mensualmente una suma equivalente a un salario mínimo vital y móvil a la madre del menor. En caso de que el padre no pueda cumplir con esta responsabilidad, los abuelos paternos asumirán dicha carga.
Este dictamen proviene del fuero de familia en Cipolletti y se fundamenta en la defensa activa de los derechos infantiles. La decisión se tomó tras una demanda presentada por la madre del niño, quien enfrentaba sola los desafíos económicos y emocionales que implica criar al bebé.
Contexto del Caso
La situación legal comenzó a gestarse a principios del año pasado cuando la madre denunció que el padre había desaparecido desde enero sin aportar económicamente ni mantener contacto alguno. Ante esta falta, ella decidió extender su reclamo hacia los abuelos paternos, quienes cuentan con ingresos estables provenientes de jubilaciones y alquileres, aunque no tienen relación directa con el menor.A pesar de las intimaciones realizadas tanto al padre como al abuelo paterno por parte del sistema judicial, ambos permanecieron inactivos ante las solicitudes. Esta ausencia fue interpretada como una aceptación tácita por parte del progenitor respecto a las acusaciones formuladas por la madre.
Al investigar más sobre el caso, se descubrió que el padre estaba detenido en La Pampa; sin embargo, esto no detuvo el proceso judicial relacionado con sus obligaciones alimentarias.
Decisión Judicial y Responsabilidades Familiares
Tras revisar informes oficiales que confirmaron su situación carcelaria y falta de ingresos formales o bienes registrables, el juez determinó que debía hacerse cargo de la cuota alimentaria correspondiente. es importante destacar que según lo estipulado en el Código Civil y Comercial argentino, no es necesario demostrar ingresos para ser obligado a pagar alimentos; basta con demostrar capacidad laboral.
El fallo también subraya los esfuerzos diarios realizados por la madre para cuidar al niño; esfuerzos que deben ser compensados conforme establece la ley. este dictamen sienta un precedente significativo en Río Negro ya que establece una deuda acumulada desde agosto hasta ahora: aproximadamente $300.000 correspondientes a nueve meses bajo salarios mínimos actualizados. Los pagos deberán realizarse entre el 1° y 10° día hábil cada mes.
además del padre encarcelado,este fallo activa también responsabilidades para los abuelos paternos bajo principios legales relacionados con «solidaridad familiar». Deberán contribuir además con un 10% mensual sobre sus haberes jubilatorios para apoyar económicamente al menor; aunque este último aspecto solo aplicará cuando comience efectivamente a recibir su pensión.
Si eventualmente el padre cumple adecuadamente sus obligaciones alimentarias mensuales, entonces los abuelos no tendrán necesidad alguna de intervenir financieramente ya que su responsabilidad es subsidiaria.
Casos Similares: Un Precedente Nacional
Un caso análogo tuvo lugar en Salta durante 2022 donde se obligó también a unos abuelos paternos asumir responsabilidades económicas debido àla ausencia prolongada del progenitor frente al incumplimiento alimentario hacia tres menores. En esa ocasión particular:
- El padre fue condenado inicialmente para pagar una cuota equivalente al 50% del salario mínimo.
- El abuelo tuvo asignada una cuota mensual correspondiente al 15% total percibido por él mismo debido àsu empleo activo.
En ese contexto similar también se evidenció cómo las decisiones judiciales buscan garantizar siempre lo mejor para los menores involucrados ante situaciones familiares complejas e inciertas.Este tipo de fallos resalta cómo las instituciones están comenzando cada vez más tomar medidas firmes respecto àlas obligaciones parentales independientemente da situación económica o legal actual dos padres involucrados.