Tribunal Electoral de Buenos Aires Rechaza Recurso de “Volvamos Buenos Aires”
El Tribunal Electoral de la ciudad Autónoma de Buenos Aires desestimó el miércoles un recurso presentado por los representantes del partido “Volvamos Buenos Aires”, encabezado por Horacio Rodríguez Larreta. Esta decisión implica que no se realizarán cambios en la Resolución 29° del Instituto de Gestión Electoral (IGE), que establece que la visualización de las agrupaciones políticas en las boletas electrónicas durante las elecciones porteñas del 18 de mayo será aleatoria.
Argumentos Presentados por el Partido
Desde el entorno político del exjefe de Gobierno,argumentaron que esta medida contraviene lo estipulado en los artículos 115° y 116°,inciso 5,del Código Electoral local. El planteamiento fue realizado ante el organismo electoral dirigido por Roberto Requejo.
Claudio Romero, legislador vinculado a Larreta y uno de los apoderados del partido, junto con Diego García Vilas, otro representante y líder dentro del espacio aliado Confianza Pública, expusieron sus preocupaciones. Durante un sorteo llevado a cabo el 7 de abril en la sede del IGE para asignar espacios publicitarios en vía pública y determinar el orden electoral —incluyendo pantallas electrónicas— se distribuyeron 17 paquetes publicitarios y se estableció un orden para todas las formas exhibición electoral.
Sin embargo,una semana después durante una audiencia sobre diseño de boletas,señalaron que «la visualización no respetaba el orden previamente sorteado»,donde Rodríguez Larreta había obtenido la primera posición.
Decisión Judicial
En su fallo, el Tribunal explicó que se objetó la Resolución 29-GCABA-IGE/2025 bajo el argumento de que dicho ente autónomo había decidido unilateralmente establecer una aleatoriedad en cómo se presentaría la oferta electoral en las pantallas electrónicas. Los representantes enfatizaron que esta decisión constituía una clara violación a los artículos mencionados anteriormente e ignoraba lo establecido por la normativa vigente.
La Justicia concluyó tras revisar el recurso presentado: «no queda claro ni explícita ni implícitamente cuál es exactamente el agravio o afectación a los derechos alegados por dicha alianza debido al posible incumplimiento relacionado con cómo se presenta la oferta electoral».
Además subrayaron: «No hay explicaciones suficientes para demostrar una lesión más allá del simple desacuerdo con este mecanismo». El tribunal también observó que aunque intentaron ofrecer interpretaciones sobre los artículos citados, no lograron explicar qué derechos serían vulnerados como resultado de esta presentación aleatoria.
indicaron: «El planteo carece referencia concreta a algún derecho o interés afectado; está sustentado meramente en consideraciones abstractas y busca únicamente un control legal sin fundamento suficiente para su admisibilidad».
Contexto Actual
Cabe destacar que este año marca una década desde la implementación inicial del sistema Boleta Única Electrónica durante unas elecciones porteñas en 2015. La gestión estará bajo responsabilidad exclusiva del Grupo MSA —la única empresa adjudicataria— quien ha firmado un contrato cercano a los US$22 millones según lo publicado recientemente por IGE en su Boletín Oficial.Este contexto resalta tanto desafíos como avances tecnológicos dentro del proceso electoral argentino mientras continúan debates sobre transparencia y equidad entre partidos políticos.