Aplazamiento de la Votación sobre la Inviolabilidad de la Propiedad Privada en Argentina
A pesar de los esfuerzos realizados para avanzar con el dictamen en comisión,el oficialismo se vio obligado a posponer la votación del proyecto de Inviolabilidad de la Propiedad Privada,impulsado por el ministro de Desregulación,Federico Sturzenegger. La razón principal fue que no contaban con los votos necesarios para su aprobación.
Solicitud de Aplazamiento y Negociaciones Fallidas
El presidente de la Comisión de Asuntos constitucionales, Agustín Coto, quien representa al partido libertario, solicitó el aplazamiento del debate. Esta petición fue aprobada sin discusión previa. Fuentes cercanas al proceso informaron a clarín que las negociaciones continuaron hasta altas horas de anoche; sin embargo, no lograron llegar a un consenso sobre un texto final que pudiera ser presentado. Como resultado, este proyecto deberá ser incluido en la agenda para una próxima sesión legislativa.
Desde el oficialismo señalaron que «el debate iba a requerir un mínimo de seis horas y es urgente abordar el acuerdo con los holdouts antes del vencimiento establecido».
Controversias en Torno a las Tierras Rurales
Uno de los puntos más polémicos del proyecto es aquel relacionado con la venta de tierras rurales a extranjeros. Este aspecto generó descontento entre algunos sectores radicales que habían solicitado múltiples modificaciones al texto original.
El dictamen recibió apoyo por parte del bloque La Libertad Avanza,PRO (Propuesta Republicana),UCR (Unión Cívica Radical) y algunos federales como Edith Terenzi (Chubut) y Carlos «Camau» Espínola (Corrientes) durante una reunión plenaria celebrada recientemente.
Entre las modificaciones realizadas se eliminó completamente un capítulo destinado a reformar el registro Nacional de Barrios Populares (Renabap),cuyo objetivo era delegar responsabilidades sobre su regularización a las provincias para mejorar su eficacia.
En lo referente al capítulo sobre compra y venta de tierras rurales por extranjeros, se amplían las facultades otorgadas a los gobernadores provinciales. Desde el oficialismo explicaron que cada jurisdicción tendrá autonomía total respecto a estas decisiones: “Cada provincia mantiene plena jurisdicción sobre su territorio. Aunque hemos eliminado límites generales para ventas extranjeras, cada provincia podrá establecer sus propias restricciones”, afirmó Patricia Bullrich.
Cambios Clave en Desalojos y Expropiaciones
La legislación vigente desde 2011 impone restricciones significativas sobre propiedad extranjera relacionada con tierras rurales e impide adquisiciones en zonas fronterizas. Según argumenta el Gobierno actual, estas regulaciones han generado más desincentivos que beneficios reales para atraer inversión internacional en sectores como el agropecuario.Por ello, se propone eliminar restricciones generales aplicables a todos los extranjeros y enfocarse únicamente en personas o entidades vinculadas directamente con gobiernos extranjeros; esto incluye empresas donde haya participación estatal significativa.
En cuanto al tema específico del desalojo ilegal o usurpación territorial, se establece una distinción importante: no se aplicará igual procedimiento tanto para usurpadores como para inquilinos morosos. Bullrich explicó: “La usurpación será tratada rápidamente; sin embargo,si hablamos del inquilino moroso hay procedimientos previos como intimaciones antes del desalojo inmediato”.
De manera generalizada, esta normativa busca acelerar procesos judiciales relacionados con desalojos mediante vías sumarísimas; también introduce mecanismos modernos como notificaciones electrónicas e incrementa las facultades judiciales para identificar ocupantes ilegales eficientemente.
Respecto al tema expropiatorio original planteado por este proyecto legislativo ya incluía métodos actualizados respecto al monto indemnizatorio basado en índices inflacionarios junto con tasas comerciales razonables asegurando así mantener su valor real hasta efectivizarse dicho pago. En esta nueva versión quedó claro: será calculado según IPC más tasa activa correspondiente del Banco Nación aplicada durante operaciones financieras cortas (30 días).
Además se estipula que «la indemnización por lucro cesante podría superar hasta un 30% adicional respecto al daño emergente», salvo prueba fehaciente demostrando afectaciones mayores por parte del expropiado; mientras tanto limitan ocupaciones temporarias estatales fijando plazos máximos prorrogables solo una vez dentro periodos establecidos previamente.
