Promulgación de la Ley de presupuesto 2026 y la Ley de Inocencia Fiscal
El gobierno ha dado a conocer, a través del primer Boletín Oficial del año, la promulgación de la ley de Presupuesto 2026. Esta normativa fue aprobada en una sesión especial del Senado el pasado 26 de diciembre,donde se registraron 46 votos a favor,25 en contra y una abstención.
Detalles Clave del Presupuesto
La ley, que llegó al Senado con media sanción proveniente de Diputados y recibió el respaldo necesario por parte de La Libertad Avanza junto al PRO y otros bloques aliados, prevé un resultado financiero positivo estimado en $226.469 millones. Esto contrasta notablemente con los déficits observados en ejercicios anteriores. Además, se proyectan gastos corrientes y capitales que alcanzan aproximadamente los $148.000 millones, con un enfoque significativo en servicios sociales.
De acuerdo con el documento oficial, las asignaciones más relevantes incluyen $106.5 billones destinados a servicios sociales; $14.1 billones para deuda pública; y $11.4 billones para servicios económicos. Asimismo, se estima que los recursos corrientes y capitales administrados por el Gobierno Nacional ascenderán a $148.295 millones.
La normativa también introduce restricciones sobre las vacantes dentro del sector público, permitiendo excepciones únicamente para áreas críticas como Salud, Seguridad y Defensa.
Entre las asignaciones específicas destacadas se encuentran:
- $4.78 billones para gastos operativos e inversiones relacionadas con universidades nacionales.
- $11.290 millones destinados al Fondo Nacional de Empleo para programas bajo la supervisión del Ministerio de Capital Humano.
- $15.843 millones asignados al Fondo de Bosques Nativos.
Nueva Regulación Fiscal: Ley de Inocencia Fiscal
En adición a lo anterior, este viernes también fue promulgada la Ley de Inocencia Fiscal mediante decreto gubernamental; esta norma modifica formalmente la Ley 24.769 sobre Régimen Penal Tributario.
Esta nueva legislación actualiza los umbrales desde los cuales un contribuyente es considerado evasor fiscal—valores que habían quedado obsoletos—y aumenta las cifras que notarios públicos y entidades bancarias deben reportar al organismo recaudador correspondiente.
Por ejemplo:
- El monto mínimo para ser considerado evasión simple pasa ahora de 1.5 millones a 100 millones.
- La evasión agravada incrementa su límite desde 15 hasta 1 mil millones.
- Se establece un nuevo umbral penal por falsificación fiscal fijado en 100 millones, mientras que las obligaciones fiscales no cumplidas bajo beneficios fiscales aumentan hasta 200 millones.
Un aspecto innovador es que esta ley permite una especie «perdón» fiscal: si un contribuyente salda su deuda junto con intereses estipulados por ARCA (Administración Federal), no habrá denuncia penal interpuesta contra él o ella; si ya existe una denuncia previa pero se realiza el pago total más un adicional del 50%, dicha acción legal será extinguida.
otro cambio significativo es la reducción del plazo prescriptivo para acciones impositivas: ahora será solo tres años frente a cinco anteriores.
Además se introduce el “Régimen Simplificado de Ganancias”, destinado aquellos cuyos ingresos anuales sean inferiores a mil millones pesos o cuyo patrimonio sea menor a diez mil millones sin ser clasificados como grandes contribuyentes.
Con estas reformas significativas tanto en materia presupuestaria como tributaria busca fortalecer las finanzas públicas mientras promueve una mayor equidad fiscal entre los ciudadanos argentinos.
