La Justicia condena a Sancor Salud por daños a la salud de un afiliado
Un fallo contundente en defensa del derecho a la salud
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial ha dictado una sentencia que obliga a Sancor Salud, una de las principales empresas de medicina prepaga en Argentina, a indemnizar con más de 7 millones de pesos a un afiliado cuya salud se vio comprometida debido al accionar negligente de la compañía. Esta cifra no solo incluye el monto base, sino que también se le sumarán los intereses correspondientes, dado que el incidente ocurrió hace casi tres años.
El tribunal encontró fundamento en las pruebas presentadas por el demandante, entre las cuales destacan los testimonios de oftalmólogos.Estos especialistas afirmaron que si el paciente hubiera recibido atención médica oportuna y se hubiera sometido a la cirugía necesaria antes, probablemente habría evitado perder un 18.69% de su visión en el ojo izquierdo.
El caso: Un recorrido lleno de obstáculos
Los hechos comenzaron el 31 de julio del año 2022 cuando el demandante acudió al Hospital Lagleyze debido a una «arañita» en su ojo izquierdo. En esa visita inicial, le recomendaron realizarse una ecografía ocular. Sin embargo, al dirigirse al Centro de Ojos Buenos Aires (COBA) para dicho estudio, le informaron que su cobertura solo incluía una consulta anual y ya había agotado ese beneficio. tras esperar un mes para obtener autorización por parte del seguro médico, fue atendido.
Al ser evaluado por un especialista posteriormente, este diagnosticó un desprendimiento retinal grave y recomendó con urgencia realizarle una «vitrectomía compleja». No obstante, Sancor Salud rechazó cubrir esta intervención crítica; como resultado, el paciente tuvo que reunir fondos para costearla él mismo. La cirugía se llevó a cabo finalmente el 5 de septiembre.
Dos días después del procedimiento quirúrgico recibió autorización para ser internado; sin embargo esta era únicamente para realizar una vitrectomía ordinaria y no la compleja requerida según su diagnóstico inicial. A pesar del reclamo presentado por él solicitando reembolso por los gastos incurridos durante este proceso médico —que ascendieron aproximadamente a 945 mil pesos— sancor argumentó que dicha operación no estaba incluida dentro del Programa Médico Obligatorio (PMO) ni contemplada en su convenio con COBA.
Prioridad: El derecho fundamental a la salud
Sancor también intentó defenderse alegando falta de evidencia sobre cómo sus decisiones administrativas habían afectado directamente la visión del paciente; sin embargo, basándose en los testimonios médicos recabados durante las audiencias previas al fallo final —los jueces concluyeron lo contrario— reafirmando así la importancia primordial del derecho humano fundamental relacionado con la salud y vida digna.
La resolución judicial incluyó además compensaciones económicas adicionales: dos millones cien mil pesos fueron asignados como daño físico (más intereses), millón quinientos mil pesos como daño moral (más intereses), y dos millones quinientos mil pesos como daño punitivo. Se estima que estos montos podrían incrementarse significativamente debido al tiempo transcurrido desde los eventos originales hasta ahora.
“Es evidente que corresponde imponer sanciones civiles contra Sancor Salud dado su desinterés ante los daños ocasionados”, expresó Alejandra Tévez —la jueza responsable— quien fue respaldada por sus colegas Matilde ballerini y Eduardo Machin al señalar cómo actuaron deliberadamente incumpliendo obligaciones contractuales esenciales bajo pretextos infundados e injustificados.
Este caso resalta no solo fallas graves dentro del sistema privado sanitario argentino sino también subraya cómo es crucial priorizar siempre derechos fundamentales frente cualquier tipo interés comercial o administrativo.