La Cámara Federal Suspende Artículos del DNU 70/2023 sobre la Venta de Medicamentos
Decisión Judicial y sus Implicaciones
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala I, ha decidido acoger parcialmente la medida cautelar solicitada por dos asociaciones farmacéuticas, lo que resulta en la suspensión de varios artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023. Entre los artículos suspendidos se encuentra el que permitía la venta de medicamentos fuera del ámbito farmacéutico y el que autorizaba a un solo farmacéutico a gestionar más de una farmacia.
En un comunicado conjunto, tanto la Confederación Farmacéutica Argentina (COFA) como la Federación Farmacéutica de la República Argentina (Fefara) expresaron su satisfacción con esta resolución judicial. «La sentencia reafirma que las actividades relacionadas con los medicamentos no deben ser tratadas únicamente desde una perspectiva comercial. En consonancia con el precedente ‘Farmacity’ dictado por la Corte Suprema, se establece que el expendio de medicamentos es una función sanitaria esencial que requiere supervisión profesional», señalaron.
Detalles del Fallo
El fallo fue emitido por los jueces Clara Do pico, Liliana Heiland y Rodolfo Facio, quienes suspendieron específicamente los artículos 313 al 324 del DNU 70/2023 junto con todas las resoluciones reglamentarias asociadas. Esta decisión revierte un fallo anterior donde se había denegado la cautelar a favor de los farmacéuticos y respaldado las políticas gubernamentales.
Con anterioridad a este fallo, el Gobierno había autorizado la venta fuera de farmacias para ciertos medicamentos sin receta médica como analgésicos y antiácidos. Sin embargo, tras esta nueva resolución judicial, dicha autorización queda temporalmente anulada hasta que se resuelva definitivamente el asunto principal.
Además, uno de los puntos clave suspendidos es aquel que permitía a un mismo farmacéutico operar múltiples farmacias simultáneamente.Aunque ya existían precedentes laborales favorables para estos profesionales en este aspecto específico,ahora también ha sido ratificado por este tribunal administrativo.
Reacciones ante el Fallo
La medida cautelar también impide momentáneamente que las droguerías puedan actuar como «farmacias» vendiendo directamente al público productos medicinales.A pesar del consenso entre los tres magistrados sobre revocar el fallo inicial y conceder parcialmente las solicitudes presentadas por COFA y Fefara; Facio emitió su voto particular sin disidencias respecto al resultado mayoritario pero aportando argumentos propios.
Al consultar al Ministerio de Salud sobre su postura frente a esta decisión judicial reciente, optaron por no emitir comentarios en este momento.
Un Enfoque Centrado en Salud
Ricardo Pesenti, presidente de COFA comentó: «Recientemente hemos recopilado información significativa acerca de irregularidades relacionadas con ventas ilegales o inapropiadas fuera del marco legal establecido para farmacias».
Pesenti añadió: «Este fallo representa un avance crucial hacia garantizar una atención farmacéutica segura y profesional centrada en las necesidades del paciente. refuerza nuestra lucha por mantener farmacias enfocadas en salud pública donde cada medicamento sea dispensado bajo supervisión profesional».
En relación al caso “Farmacity”, mencionado anteriormente como fundamento para parte importante del nuevo dictamen judicial; se destacó cómo esta actividad está intrínsecamente ligada al ejercicio responsable e informado dentro del ámbito sanitario: “El expendio inadecuado puede tener consecuencias graves para quienes consumen medicamentos”, advirtió previamente la Corte Suprema.
Este reciente pronunciamiento judicial supone un obstáculo significativo frente a las intenciones gubernamentales dirigidas hacia desregularización en torno a cómo se distribuyen estos productos médicos; además pone freno a planes destinados supuestamente a fomentar competencia entre proveedores lo cual podría resultar favorable según argumentaciones oficiales pero cuestionadas durante este proceso legal.